Cambios en el contrato de relevo y la jubilación parcial.
En el 2011, el Gobierno de Rodríguez Zapatero pactó una reforma de las pensiones con los sindicatos UGT y CCOO. Esta reforma de las pensiones, siguiendo los dictámenes de la Troika, va a provocar que la edad de jubilación se retrase dos años y que necesitemos más años cotizados para tener derecho al 100% de la pensión.
Lo mismo pasaba con la jubilación parcial/contrato relevo. Sin embargo, en esa reforma se abrió una pequeña ventana que permitía que las personas nacidas antes del 31/12/1957 pudieran acogerse a la legislación anterior en determinados supuestos (entre ellos la jubilación parcial con contrato relevo). Para abrir esta ventana fue necesario registrar un acuerdo entre la empresa y el Comité de Empresa en la Seguridad Social antes del 15 de abril de 2013.
A partir del año que viene se aplicará de manera única la nueva legislación. Una nueva legislación que endurecerá los requisitos para poder acceder al 100% de la cuantía.
¿Qué requisitos son necesarios para acceder a la jubilación parcial?, ¿Cuáles son los porcentajes de jubilación parcial a los que me puedo acoger?,... Para responder a estas preguntas hemos preparado este documento que puedes descargar.
Contrato Relevo y Jubilacion by Maite GonzálezdelaNava on Scribd
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