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jueves, 8 de agosto de 2013
POR PARTO DE UN FAMILIAR DOS DÍAS DE PERMISO
Hay una sentencia que reconoce un permiso retribuido por un familiar por hospitalización por parto.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que se reconoce dos días de permiso retribuido por hospitalización, por parto de familiar de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. La sentencia se apoya en el Artículo 37.b del Estatuto de los Trabajadores. La novedad en este caso estriba en que se reconoce el derecho aunque se trate de un parto normal y sin complicaciones. El Tribunal entiende que otra interpretación sería discriminatoria para la mujer y contraria a lo dispuesto en el Art. 8 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
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