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miércoles, 25 de abril de 2018

EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS



Las excedencias voluntarias para este año 2018 quedan así:



1) 2 meses mínimo de periodo mínimo de excedencia voluntaria excepcional pra el verano 2018 (periodo ente mayo y septiembre). Esto es, reserva de puesto de trabajo pero consideración de excedencia voluntaria a todos los demás efectos, y por tanto, ese periodo no computa a efectos de antigüedad.

2) Se pone un número máximo de excedencias a conceder en total por tienda: 2 EXCEDENCIAS POR TIENDA, incluidas las excedencias forzosas (maternales, cuidado de un familiar y voluntarias que cumplan requisitos del ET y de convenio) y este tipo de voluntarias excepcionales verano 2018.

Posibles supuestos: 
  • en el centro ya hay 2 o más solicitudes de excedencias que legalmente debemos conceder. En ese caso: 0 excedencias voluntarias excepcionales
  • en el centro ya hay 1 solicitud de excedencia que legalmente debemos conceder. En ese caso: 1 excedencia voluntaria excepcional. Si hay más de 1 solicitud se sorteará entre personas.
  • en el centro NO hay ninguna solicitud de excedencia que legalmente debemos conceder. En ese caso: 2 excedencias voluntarias excepcionales. Si hay más de 2 solicitudes se sorteará entre personas.

3) Excepcionalmente, además, concederemos hasta 2 excedencias por tienda si el periodo solicitado es de 4 meses. 
Si hay más de 2 solicitudes se sorteará entre personas.


EL 
Plazo para Presentación de Solicitudes: DESDE el 16 de ABRIL hasta el  25 de ABRIL.